Patrimonio Monumental Da Permiso Trabajos Puntilla Malecón

La Dirección Nacional de Patrimonio Monumental otorgó permiso de no objeción para que se ejecuten los trabajos de remoción de la capa asfáltica del área de la puntilla del malecón que va la rotonda hasta la muralla, con una extensión de 160 metros de extensión.
 
La no objeción está contenida en la comunicación remitida por la arquitecta Edda Grullón a la directora ejecutiva del Comité Ejecutivo de Infraestructuras de Zonas Turísticas (Ceiztur), arquitecta Kirsis De los Santos, el pasado lunes 7 de abril.

La misiva remitida por la arquitecta Grullón a la arquitecta De los Santos indica:
 “Luego de evaluar el proyecto “La Puntilla” de la ciudad de Puerto Plata recibido en fecha 26 de febrero del 2014 y supervisar los trabajos que realiza la firma “Silverio y Asociados”, contratista del proyecto, le informamos que esta Dirección no tiene objeción a la remoción a la capa asfáltica en la avenida Gregorio Luperón (malecón), en el tramo comprendido entre la rotonda y el inicio de la muralla (aproximadamente 160.0 metros)”.

Es oportuno consignar que los trabajos de construcción del Parque de la Puntilla, que incluye un moderno anfiteatro para presentar grandes eventos artísticos y culturales, fueron iniciados el pasado 26 de febrero y fueron paralizados por la Dirección de Patrimonio Monumental el pasado 7 de marzo, lo que equivale a un mes y dos días.

Los trabajos fueron paralizados a petición del inspector de obras de la presidencia de la República, Juan Ramón Tavarez, quien cuestionó la legalidad del proyecto, por no disponer del permiso de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental del Ministerio de Cultura y logró que fueran citados por el procurador general de Medio Ambiente, Jesús María Suero, el alcalde Walter Musa y el contratista de la obra, ingeniero Rafael Silverio Galán.

Parte del área que ocupará el Parque de la Puntilla del malecón de Puerto Plata, es parte integral del Parque Nacional de la Puntilla, creado mediante la Ley No. 95-71, publicada en la Gaceta Oficial No. 9217 del 11 de marzo de 1971. Ocupa la zona comprendida dentro de los siguientes límites: Al Norte, el Océano Atlántico; al Oeste y al Sur la Bahía de Puerto Plata y al Este, la antigua muralla, situada en la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, de la provincia de Puerto Plata.

Señala que en el área del Parque Nacional que se declara mediante el Artículo 1 de la presente ley, se prohíbe todo tipo de construcción, excepto instalaciones portuarias, faros y otras edificaciones necesarias para la defensa nacional o para fines turísticos, a juicio del Poder Ejecutivo. En estos últimos casos será necesaria la recomendación previa de la Oficina de Patrimonio Cultural.

Fuentre: http://www.puertoplatahabla.com/articles.php?art_id=13342&start=1

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